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Senador Chahuán valora Aplicación y Reglamento que fiscalizará velocidad de Internet en Chile

  1. Usuarios podrán revisar en línea si se cumple la velocidad contratada y podrán efectuar reclamos por incumplimientos e incluso exigir compensaciones.

A fines de noviembre de 2017 se publicó la Ley 21.046, la cual estableció la obligación que las empresas garantizarán una velocidad mínima de acceso a Internet, respetando totalmente lo publicitado. No obstante, aún faltaba que SUBTEL elaborara un reglamento para el correcto funcionamiento de la normativa.

Dicho documento fue ingresado a Contraloría por el Ministerio de Transportes y los parlamentarios coautores de la iniciativa, entre ellos Francisco Chahuán, Guido Girardi, Juan Pablo Letelier, Jaime Quintana y el ex senador Gonzalo Uriarte. Lo más llamativo del reglamento de SUBTEL, es que se tomó como base las respuestas de una consulta ciudadana sobre calidad, velocidad, contratos, publicidad y ofertas de banda ancha.

“Esto pone a Chile en la vanguardia, pues no existe en el mundo ningún otro sistema así que fiscalice y establezca un mínimo de velocidad de internet controlada por los propios clientes a través de una aplicación (APP). Además, existirá una organismo técnico independiente que permita dar mayor transparencia y calidad, generando expectativas claras sobre lo que contrata y lo que reciban”, manifestó el senador y Presidente de la Comisión de Transportes, Francisco Chahuán

La APP que chequeará la velocidad con que los usuarios estarán navegando será de fácil acceso, se podrá ingresar por la propia cuenta de cada clientes y tendrá a todas al empresas proveedoras conectadas con información actualizada.

Por la misma vía incluso, los usuarios además de conocer la velocidad real que reciben en sus dispositivos, podrán efectuar reclamos y denuncias en línea si detectan incumplimientos e incluso exigir compensaciones si no se está proporcionando lo firmado en el contrato.

Chahuán agregó que través de esta herramienta se podrá informar a los operadores de las inconsistencias en la calidad y ellos tendrán la obligación de reparar o compensar por el lapsus de tiempo en que el servicio presentó problemas técnicos. También se establece en el reglamento la creación de un Organismo Técnico Independiente, que será encargado de realizar mediciones periódicas que permitan verificar si las empresas están entregando el servicio comprometido. Además se entregarán estadísticas semestrales y ranking de calidad de los servicios.

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